Servicio de publicación de LLC del Condado de Westchester
La Sección 206 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada de Nueva York exige que una LLC recién formada publique un aviso en dos periódicos designados por el secretario del condado, una vez por semana durante 6 semanas sucesivas, y que luego presente un Certificado de Publicación ante el Departamento de Estado. Nosotros nos encargamos de todo el proceso para las LLC cuyo condado de registro es Westchester.
$385 fijo — incluye ambos periódicos, las declaraciones juradas y la presentación estatal
No necesita crear una cuenta. Recibirá una página de pedido a la que puede volver en cualquier momento para ver el avance.
Qué cubre la tarifa de $385
Una sola tarifa, cotizada antes de que usted haga el pedido. No hay una segunda factura.
Ambos periódicos designados
El secretario del Condado de Westchester designa en qué periódico diario y en qué periódico semanal debe publicarse su aviso. Su tarifa cubre ambos, durante toda la publicación.
Las 6 semanas completas
Su aviso se publica una vez por semana durante 6 semanas sucesivas en cada periódico, que es lo que exige la Sección 206.
Recolección de declaraciones juradas
Cada periódico emite una declaración jurada de publicación notarizada al terminar la publicación. Nosotros recogemos ambas y las verificamos contra su expediente antes de presentar nada.
Presentación del Certificado de Publicación
Preparamos el Certificado de Publicación, adjuntamos ambas declaraciones juradas y lo presentamos ante el Departamento de Estado de Nueva York junto con la tasa estatal.
Plazos. La publicación en sí dura 6 semanas por ley. De principio a fin, incluyendo la recolección de declaraciones juradas y la presentación estatal, los pedidos suelen tardar 6–8 weeks. Los tiempos de procesamiento de los periódicos y del estado están fuera de nuestro control, así que informamos del avance en lugar de prometer una fecha.
Precio
$385 cubre todo el requisito para una LLC de Westchester: ambos periódicos, las 6 semanas de publicación, ambas declaraciones juradas y la presentación del Certificado de Publicación incluida la tasa estatal. No hay que contratar un agente registrado, ni suscripción, ni renovación.
Ver el desglose completo de precios →Cómo funciona
- 1
Usted hace el pedido
Nos indica el nombre de la LLC, sus datos de registro ante el DOS y la dirección que aparece en el aviso. Toma unos pocos minutos.
- 2
Confirmamos los periódicos designados
Verificamos la designación vigente del secretario del Condado de Westchester y colocamos su aviso en los dos periódicos asignados.
- 3
El aviso se publica durante 6 semanas
Puede consultar su página de pedido en cualquier momento para ver en qué punto está la publicación. Le enviamos un correo cuando se completa cada etapa.
- 4
Presentamos el Certificado de Publicación
Cuando llegan ambas declaraciones juradas, las presentamos junto con el Certificado de Publicación y le enviamos el expediente aceptado.
Para quién es
Este servicio es para sociedades de responsabilidad limitada cuyo condado de registro ante el Departamento de Estado es Westchester. Eso incluye las LLC nacionales recién formadas, las LLC que han cambiado su condado a Westchester y las LLC extranjeras autorizadas a operar en Nueva York cuya oficina está ubicada en Westchester.
Si su LLC está registrada en otro condado, ese condado tiene sus propios periódicos designados y sus propias tarifas. Podemos indicarle a dónde acudir.
Por qué un servicio específico del condado
Trabajamos en un solo condado. Eso significa que ya sabemos qué periódicos designa el secretario del Condado de Westchester, qué necesita cada uno para publicar un aviso y por qué motivos el Departamento de Estado rechaza un Certificado de Publicación. Esos detalles son donde el requisito suele fallar.
Vea las publicaciones que hemos completado →Preguntas frecuentes
¿Realmente se exige la publicación?
La Sección 206 de la Ley de LLC de Nueva York la exige para las LLC, y la Sección 802 aplica la misma obligación a las LLC extranjeras autorizadas en Nueva York. El aviso debe publicarse una vez por semana durante 6 semanas sucesivas en dos periódicos designados por el secretario del condado.
¿Puedo elegir periódicos más baratos?
No. El secretario del condado designa en qué dos periódicos debe publicarse su aviso. Publicar en cualquier otro lugar no cumple con el requisito.
¿Qué ocurre si no publico?
La Sección 206 establece que una LLC que no haya publicado dentro del plazo legal ve suspendida su autoridad para operar en Nueva York. Si eso afecta a una empresa en particular es una cuestión para su propio abogado.
¿Necesito un agente registrado para usar este servicio?
No. No cambiamos su agente registrado y no vendemos ninguno. Su arreglo actual se mantiene tal como está.
¿Qué cubre la garantía de devolución de dinero?
Si el Departamento de Estado no acepta el Certificado de Publicación que presentamos por usted, le devolvemos lo que nos pagó.
¿Listo para comenzar?
$385 fijo, ambos periódicos, declaraciones juradas recogidas, Certificado de Publicación presentado.
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